Dejo las respuestas a las inquietudes que enviaron nuestros oyentes del espacio “Escritorio Virtual” de “El Portal” para esta semana. Recuerden que lo pueden escuchar a través de http://www.elportal1520.com/ todos los lunes a las 9:00 AM.
Preguntas del 4 de Mayo de 2020
Lo que me pagan por nocturnidad, ¿se suma cuando cobre el aguinaldo?
Si, se suma. Para el aguinaldo se computa todo lo que se pagó “en dinero’ al empleado, por ejemplo nocturnidad, horas extras, presentismo, antigüedad, etc.
Tengo un empleado del sector rural que trabaja de lunes a viernes 4 horas. ¿Cuántos días de licencia le corresponden por año?
Si trabajó durante un año le van a corresponder los mismos 20 días que le correspondería si trabajara 8 horas. El jornal que cobrará será un jornal equivalente a 4 horas de trabajo.
Entré a trabajar en marzo de este año, ¿cuándo puedo tomarme la licencia?
A partir del 1ero de enero del año que viene. Como no trabajó un año completo no le corresponderán 20 días, sino la proporción según los meses trabajados. En este caso le van a corresponder aproximadamente 17 días, dependiendo de la fecha exacta en la que entró a trabajar.
Es de destacar, que este año de manera excepcional con motivo de la situación de emergencia sanitaria, se autorizó a adelantar la licencia generada en el 2020 con lo indica el siguiente enlace.