Dejo las respuestas a las inquietudes que enviaron nuestros oyentes del espacio “Escritorio Virtual” de “El Portal” para esta semana. Recuerden que lo pueden escuchar a través de http://fmcordialidad.com/ todos los lunes a las 8:30 AM.
Preguntas del 19 de Abril de 2021
Si me certifica un médico por contacto directo con positivo de COVID, ¿el BPS me cubre desde el primer día?
No. Por el momento sólo hay una excepción que aplica a un sector de actividad en específico.
La semana pasada salió una resolución de BPS que establece que los trabajadores del Grupo 15 (salud, emergencias móviles, residenciales de ancianos, etc.) tendrán la cobertura a partir del primer día, si la certificación es por aislamiento preventivo por exposición a COVID-19.
Por regla general, el subsidio por enfermedad que otorga el BPS cubre desde el cuarto día de certificación. Por lo tanto, los tres primeros días el trabajador no está cubierto a menos que sea la empresa quien lo haga (pero no tiene obligación de hacerlo).
¿Quiénes deben presentar la declaración jurada de FONASA y hasta cuándo hay plazo?
La declaración jurada de FONASA, la deben presentar todos los titulares de empresas de servicios personales y profesionales.
El plazo para la presentación de la declaración jurada, vence el 30 de abril.
Si me agendan para vacunarme en horario laboral, ¿tengo el día libre?
No, pero la norma establece que todo trabajador, tanto del ámbito público como privado, tendrá derecho a un plazo máximo de cuatro horas para concurrir al centro de vacunación, en caso de que haya sido agendado para acudir dentro de su horario laboral.
Cuando la vacunación requiera de dos dosis, las cuatro horas se tienen que repartir en ambas jornadas.
El trabajador que concurra a vacunarse deberá avisar a su supervisor y tendrá tres días luego de la segunda dosis para justificar su cumplimiento.
También abarca a aquellos trabajadores que se hayan vacunado previo a la vigencia de ésta ley, siempre que sea justificado ante su empleador.