Dejo las respuestas a las inquietudes que enviaron nuestros oyentes del espacio “Escritorio Virtual” de “El Portal” para esta semana. Recuerden que lo pueden escuchar a través de http://fmcordialidad.com/ todos los lunes a las 8:30 AM.
Preguntas del 12 de Abril de 2021
¿Por qué hay meses que me descuentan el adicional SNIS y hay meses que no me lo descuentan?
El hecho de que ocurra eso, puede deberse a 2 razones:
- Que su salario nominal supere algunos meses las 2,5 BPC ($12.175 al día de hoy) y otros meses no.
Dado que ese descuento solo corresponde realizarlo en caso que el nominal supere el monto antes mencionado, los meses que supere le van a realizar el descuento, y los meses que no lo supere, no. - Un error de la empresa en la liquidación del sueldo.
De todos modos, debería revisar su recibo para validar el primer punto, y luego si corresponde hablar con quien realiza la liquidación.
¿En qué consiste la exoneración de BPS que empezó a regir ahora? ¿La tengo que devolver?
El beneficio recientemente otorgado a algunas empresas, consiste en la exoneración del 50% de los aportes patronales. Al ser una exoneración, no hay que devolverlo.
Este beneficio en principio va a extenderse hasta el mes de junio de 2021 inclusive.
Hay que entender bien, que NO es que se va a pagar el 50% de la factura que normalmente se pagaba. La factura de BPS consta de varios aportes: los personales correspondientes al trabajador, los personales correspondientes al patrón y los aportes patronales sobre los sueldos de los trabajadores. Es sobre esto último que se exonera el 50%, el cual siempre es del 7,5% de los sueldos, y ahora pasará a ser del 3,75%.
Lo anterior se va a realizar desde el ingreso de las nóminas de marzo, y para los meses de enero y febrero el BPS otorgará un crédito, que podrá ser descontado en facturas futuras. Pero eso aún no se ha determinado cuando será.
Para que la empresa esté exonerada debe cumplir: no haber tenido un promedio mayor a 19 dependientes en 2020 y no haber superado ingresos de UI 10.000.000 en el último cierre de ejercicio previo al 1/1/2021.
Voy a hacer una reforma en mi casa. ¿Qué puedo exonerar si yo mismo hago los trabajos de electricidad, plomería y sanitaria?
En este caso tiene que inscribir la obra y solicitar la exoneración por autoconstrucción por esos rubros, para los cuales tendrá que justificar debidamente su idoneidad.
Luego, pagará los aportes correspondientes a la parte que no solicite la exoneración, como lo es la albañilería necesaria, entre otros.