Escritorio Virtual – El Portal – 2021 – Programa 10

Dejo las respuestas a las inquietudes que enviaron nuestros oyentes del espacio “Escritorio Virtual” de “El Portal” para esta semana. Recuerden que lo pueden escuchar a través de  http://fmcordialidad.com/ todos los lunes a las 8:30 AM.

Preguntas del 12 de Abril de 2021

¿Por qué hay meses que me descuentan el adicional SNIS y hay meses que no me lo descuentan?

El hecho de que ocurra eso, puede deberse a 2 razones:

  1. Que su salario nominal supere algunos meses las 2,5 BPC ($12.175 al día de hoy) y otros meses no.
    Dado que ese descuento solo corresponde realizarlo en caso que el nominal supere el monto antes mencionado, los meses que supere le van a realizar el descuento, y los meses que no lo supere, no.
  2. Un error de la empresa en la liquidación del sueldo.

De todos modos, debería revisar su recibo para validar el primer punto, y luego si corresponde hablar con quien realiza la liquidación.

¿En qué consiste la exoneración de BPS que empezó a regir ahora? ¿La tengo que devolver?

El beneficio recientemente otorgado a algunas empresas, consiste en la exoneración del 50% de los aportes patronales. Al ser una exoneración, no hay que devolverlo.

Este beneficio en principio va a extenderse hasta el mes de junio de 2021 inclusive.

Hay que entender bien, que NO es que se va a pagar el 50% de la factura que normalmente se pagaba. La factura de BPS consta de varios aportes: los personales correspondientes al trabajador, los personales correspondientes al patrón y los aportes patronales sobre los sueldos de los trabajadores. Es sobre esto último que se exonera el 50%, el cual siempre es del 7,5% de los sueldos, y ahora pasará a ser del 3,75%.

Lo anterior se va a realizar desde el ingreso de las nóminas de marzo, y para los meses de enero y febrero el BPS otorgará un crédito, que podrá ser descontado en facturas futuras. Pero eso aún no se ha determinado cuando será.

Para que la empresa esté exonerada debe cumplir: no haber tenido un promedio mayor a 19 dependientes en 2020 y no haber superado ingresos de UI 10.000.000 en el último cierre de ejercicio previo al 1/1/2021.

Voy a hacer una reforma en mi casa. ¿Qué puedo exonerar si yo mismo hago los trabajos de electricidad, plomería y sanitaria?

En este caso tiene que inscribir la obra y solicitar la exoneración por autoconstrucción por esos rubros, para los cuales tendrá que justificar debidamente su idoneidad.

Luego, pagará los aportes correspondientes a la parte que no solicite la exoneración, como lo es la albañilería necesaria, entre otros.

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