Escritorio Virtual – El Portal – 2021 – Programa 18

Las preguntas de esta semana fueron:

  1. Estuve en el subsidio por enfermedad durante un mes, ¿eso se tiene en cuenta para el aguinaldo?
  2. Si tengo un solo trabajo, ¿tengo que presentar la Declaración Jurada de IRPF?
  3. Soy profesional, ¿me corresponde subsidio si me certifican por COVID?
  4. ¿Cuándo cobramos el aguinaldo los rurales?

Respuestas del 23 de Junio de 2021

Estuve en el subsidio por enfermedad durante un mes, ¿eso se tiene en cuenta para el aguinaldo?

El aguinaldo generado durante el período que estuvo en subsidio por enfermedad la paga el BPS dentro del mismo subsidio. No es la empresa quien lo paga.

El aguinaldo se calcula en base a todas las partidas monetarias liquidadas al trabajador y dado que en ese período no recibió ningún pago por parte del empleador, éste no deberá efectuar ningún pago.

Si tengo un solo trabajo, ¿tengo que presentar la Declaración Jurada de IRPF?

No tiene que presentarla, no está obligado. Pero si le descontaron IRPF durante el año pasado podría lograr una devolución en estos casos:

  • Si paga alquiler por su vivienda permanente.
  • Si paga cuotas hipotecarias por su vivienda permanente
  • En caso que desee liquidar por núcleo familiar (en este caso, por lo general conviene si uno de los cónyuges no tiene ingresos)

Es importante reiterar que sólo le van a devolver IRPF si en algún momento le descontaron. Recuerden que es una devolución, no un pago.

Para entender un poco más, pueden revisar este artículo anterior.

Soy profesional, ¿me corresponde subsidio si me certifican por COVID?

Si aporta a la CJPPU (Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios), será beneficiario de subsidio sólo si el certificado excede los 30 días. Si es por menos tiempo no le corresponderá subsidio de ningún tipo.

Los únicos profesionales que no tienen estas restricciones para dicho beneficio son los médicos (no el personal de la salud en general, solo los médicos).

¿Cuándo cobramos el aguinaldo los rurales?

Los trabajadores rurales, al igual que todos los trabajadores, tienen plazo para recibir el pago del aguinaldo hasta el 30 de junio. No hay ningún plazo especial para este sector.

Estas fueron las respuestas a las inquietudes que enviaron nuestros oyentes del espacio “Escritorio Virtual” de “El Portal” para esta semana. Recuerden que lo pueden escuchar a través de  http://fmcordialidad.com/ todos los miércoles a las 8:30 AM.

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