Las preguntas de esta semana fueron:
- Tengo un comercio y me dicen que tengo que contratar prevencionista, ¿es verdad?
- Si le vendo a una escuela, ¿por qué no me pagan “en la mano”?
- Tengo un monotributo y quiero subirme a facturación electrónica para poder cobrar con POS. ¿Puedo hacerlo?
Respuestas del 26 de octubre de 2022
Tengo un comercio y me dicen que tengo que contratar prevencionista, ¿es verdad?
En caso que tenga entre 5 y 50 empleados, si. No tiene que ser Prevencionista, sino que tiene que contratar un técnico con título habilitante (Médico, Técnico Prevencionista o Tecnólogo en Salud Ocupacional) para que elabore un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
Un reciente decreto del MTSS, modificó el decreto 127/014 en el que se establecía que desde el 1º de noviembre de 2022, todas las empresas de entre 5 y 50 empleados, deberán contar con un Servicio de Prevención y Salud. El nuevo decreto establece que dichas empresas deberán elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, realizado por un técnico con título habilitante, como mencionamos anteriormente.
Dicho Plan debe comprender todas las actividades de la empresa y debe incluir la identificación de peligros, evaluación de riesgos, medidas correctivas y un cronograma de cumplimiento, a realizarse cada seis meses como mínimo. De acuerdo a los resultados obtenidos, el técnico podrá recomendar o no que la empresa contrate los Servicios de Prevención y Salud previstos en el decreto original.
Si le vendo a una escuela, ¿por qué no me pagan “en la mano”?
Eso es así porque la escuela, si bien es un cliente como cualquier otro, es una organización estatal.
El Estado, reúne a sus proveedores en lo que se denomina RUPE (Registro único de proveedores del estado). Dicho registro obliga al proveedor a registrar una cuenta bancaria, y será a través de ella que se realizarán los pagos.
Tengo un monotributo y quiero subirme a facturación electrónica para cobrar con POS. ¿Puedo hacerlo?
Una cosa es independiente de la otra.
Un monotributista aún no puede ingresar a facturación electrónica, pero no tiene ningún impedimento de cobrar con POS.
La facturación electrónica no es lo mismo que cobrar a través de POS. Por lo tanto, no tiene ningún impedimento para aceptar tarjetas en su actividad.
Estas fueron las respuestas a las inquietudes que enviaron nuestros oyentes del espacio “Escritorio Virtual” de “Era eso nomás” para esta semana. Recuerden que lo pueden escuchar a través de http://fmcordialidad.com/ todos los miércoles a las 08:00.