Dejo las respuestas a las inquietudes que enviaron nuestros oyentes del espacio “Escritorio Virtual” de “El Portal” para esta semana. Recuerden que lo pueden escuchar a través de http://www.elportal1520.com/ todos los lunes a las 10:15 AM.
Preguntas del 11 de Febrero de 2019
Empecé a trabajar de 5 de enero. ¿Corresponde que me paguen el 1º de enero por ser feriado no laborable?
Sí. En el caso de los trabajadores jornaleros, la normativa indica que si trabajó 10 días antes o 10 días después del feriado, le corresponde el pago.
¿Es verdad que si abro una Pequeña Empresa pago menos impuestos el primer año?
Sí, es verdad. Las empresas inscriptas en el régimen de “Pequeña empresa” tienen el beneficio de pagar el primer ejercicio económico sólo el 25% del impuesto que le corresponde. El segundo año pagará el 50% y recién al tercer año pagará el impuesto en su totalidad.
Vale la pena aclarar, que no todas las empresas pueden ampararse a este régimen. Para hacerlo, se deben de cumplir varios requisitos, los cuales los pueden visualizar en ésta página de DGI.
¿El aumento de los rurales, es una vez por año o cada 6 meses?
Esto no depende de la actividad sino del acuerdo al que se llegue en el consejo de salarios. En el acuerdo anterior habían aumentos semestrales, pero en este último acuerdo se estableció un aumento que es válido hasta el 30 de junio de 2019. Luego de esa fecha, se realizará una nueva ronda salarial que determinará que sucederá a partir del 1º de julio de 2019.
Es importante aclarar que, como ocurre habitualmente, las negociaciones pueden extenderse más allá de la vigencia del convenio actual. Si eso ocurre, cuando se publique el nuevo convenio, se pueden generar pagos retroactivos al 1º de julio de 2019.
¡Hasta la semana que viene!