Dejo las respuestas a las inquietudes que enviaron nuestros oyentes del espacio “Escritorio Virtual” de “El Portal” para esta semana. Recuerden que lo pueden escuchar a través de http://www.elportal1520.com/ todos los lunes a las 10:15 AM.
Preguntas del 22 de Octubre de 2018
Hace años trabajo haciendo pequeños trabajos en casas particulares de albañilería, sanitaria, etc. y quiero regularizar mi situación. ¿Qué me recomienda?
La opción más económica es la del Monotributo, siempre y cuando sean pequeñas obras de mantenimiento (por ejemplo sanitaria, yeso, aberturas, reparaciones, etc.). En caso de que sean obras de construcción y no de mantenimiento, deberá inscribirse como pequeña empresa o por régimen general y aportar como empresa de construcción.
¿Las mujeres pueden jubilarse a los 58 años?
No. Para jubilarse es necesario tener 60 años de edad y 30 de aportes.
El beneficio que tienen las mujeres es que si tienen hijos se le descuenta un año de servicio por cada hijo nacido vivo (hasta un máximo de 5). Es muy importante tener claro que se descuentan años de servicio, no de edad.
Por ejemplo, una mujer con 60 años de edad, 27 años de aportes y 3 hijos, SI tendría causal jubilatoria.
Mi marido trabaja como peón rural y tenemos dos hijos menores, ¿estamos cubiertos por la mutualista?
Sí. Están cubiertos los cuatro integrantes de la familia. El esposo por ser trabajador, los hijos por ser menores de edad, y la esposa por ser cónyuge del trabajador.
En ese caso el empleado aporta el 8% de su sueldo nominal y su familia tiene la cobertura mutual.
¡Hasta la próxima!