Dejo las respuestas a las inquietudes que enviaron nuestros oyentes del espacio “Escritorio Virtual” de “El Portal” para esta semana. Recuerden que lo pueden escuchar a través de http://www.elportal1520.com/ todos los lunes a las 10:15 AM.
Preguntas del 8 de Octubre de 2018
Soy jornalero, ¿me deben pagar el feriado del 12 de octubre?
No. El feriado del 12 de octubre es un feriado laborable. Los feriados que se pagan a los jornaleros son los no laborables y son 5 en el año:
- 1º de enero
- 1º de mayo
- 18 de julio
- 28 de agosto
- 25 de diciembre
Si fallece mi abuelo, ¿tengo días de licencia por duelo?
En general no, para los empleados privados. La ley establece que le corresponden 3 días hábiles de licencia por duelo en caso de fallecimiento de padres (biológicos o adoptivos), hermanos (biológicos o adoptivos), hijos (biológicos o adoptivos), cónyuge o concubino.
Más allá de esto, se deberá verificar según su actividad si existen regímenes que se hayan definido por consejo de salarios e incluyan este caso.
En el caso de los empleados públicos el régimen de licencias especiales es diferente al de los privados y diferente entre incisos, por lo que la cantidad de días que le corresponden (si le corresponden) dependerá del lugar en el que trabaje. Aunque para la mayoría de los casos les corresponden 2 días por este caso.
Tengo una empleada doméstica desde hace un mes. Se fracturó en la calle y no puede concurrir a trabajar. ¿Le corresponde seguro por enfermedad?
Sólo con esos datos le diría que no, pero recomiendo que vaya a BPS y averigüe su caso particular. Ya que para que le corresponda el seguro, debe haber computado 3 meses o 75 jornales efectivamente trabajados durante el último año; y esto lo puede haber generado en otros trabajos.
¡Hasta la próxima!