Escritorio 2022 – Programa 39

Las preguntas de esta semana fueron:

  1. Trabajé hasta el 5 de diciembre y soy jornalero. ¿Me deben liquidar el feriado del 25?
  2. Si me dan un bono a fin de año, ¿lleva aportes?
  3. Abrí obra por autoconstrucción. ¿Puedo contratar a alguien?

Respuestas del 21 de diciembre de 2022

Trabajé hasta el 5 de diciembre y soy jornalero. ¿Me deben liquidar el feriado del 25?

Por regla general, el feriado pago se liquida si la persona trabajó 10 días antes o 10 días después del feriado.
Por lo tanto, basado en ese criterio, en este caso no correspondería.

Si me dan un bono a fin de año, ¿lleva aportes?

Lleva aportes si es de naturaleza salarial.
Se adquiere naturaleza salarial si tienen caracter de regularidad y permanencia. Esa característica se da si por lo menos la tercera vez que la empresa paga ese bono.

En cuanto al irpf, siempre están gravados; desde la primera vez.

Abrí obra por autoconstrucción. ¿Puedo contratar a alguien?

Si. Si necesita ayuda, va a dar de alta al trabajador y realizar los aportes por los jornales que trabaje ese trabajador.
No estaría gravada la parte que ejecuta el titular, pero si la de quien se contrate.

Estas fueron las respuestas a las inquietudes que enviaron nuestros oyentes del espacio “Escritorio Virtual” de “Era eso nomás” para esta semana. Recuerden que lo pueden escuchar a través de  http://fmcordialidad.com/ todos los miércoles a las 08:00.

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