Las preguntas de esta semana fueron:
- Mi madre tenía una casa la cual alquilaba y siempre pagó el IRPF por ese arrendamiento. Ella falleció y la casa sigue alquilada, ¿cómo continuamos pagando?
- Todas las facturas de mi casa están a mi nombre (UTE, ANTEL, cable, etc.). ¿Puedo deducirlas en mi declaración de IRPF?
- Tengo retención por pensión alimenticia de 2,5 BPC. Si mi sueldo no alcanza, ¿me quedo sin cobrar?
Respuestas del 2 de agosto de 2023
Mi madre tenía una casa la cual alquilaba y siempre pagó el IRPF por ese arrendamiento. Ella falleció y la casa sigue alquilada, ¿cómo continuamos pagando?
Debe abrir la sucesión en DGI. Lo cual no significa que sea la apertura judicial de la sucesión.
En DGI se abre una empresa, compuesta por todos los sucesores (o presuntos) del fallecido.
De hecho; el nombre de la empresa es “Sucesores de XXXXXXXXXX”.
DGI le va a asignar un número de RUT, y los sucesores van a imputar el pago a ese rut.
Todas las facturas de mi casa están a mi nombre (UTE, ANTEL, cable, etc.). ¿Puedo deducirlas en mi declaración de IRPF?
No. Los ítems que se pueden deducir en la declaración de IRPF están definidas taxativamente en la legislación: aportes jubilatorios (de todas las cajas), FONASA, FRL, deducciones por hijos, Fondo de solidaridad, crédito por arrendamiento o préstamos hipotecarios. Nada más.
Tengo retención por pensión alimenticia de 2,5 BPC. Si mi sueldo no alcanza, ¿me quedo sin cobrar?
No. Hay un mínimo no intangible que se reduce al 30% en caso de pensiones alimenticias.
Eso quiere decir que el trabajador, no puede cobrar menos que el 30% de su sueldo líquido, por lo que la empresa le puede descontar hasta ese tope.
Hay que tener en cuenta, que más allá de que no se le pueda descontar la totalidad de la retención, el obligado a pagar la retención es el trabajador. Que el empleador no le haya podido descontar del sueldo, no lo exime de tener que pagar la totalidad de la obligación.
Estas fueron las respuestas a las inquietudes que enviaron nuestros oyentes del espacio “Escritorio Virtual” de “Era eso nomás” para esta semana. Recuerden que lo pueden escuchar a través de http://fmcordialidad.com/ todos los miércoles a las 08:00.