Dejo las respuestas a las inquietudes que enviaron nuestros oyentes del espacio “Escritorio Virtual” de “El Portal” para esta semana. Recuerden que lo pueden escuchar a través de http://www.elportal1520.com/ todos los lunes a las 10:15 AM.
Preguntas del 9 de julio de 2018
Estuve en el subsidio por enfermedad durante una semana. Cuando me reintegré me despidieron. ¿Deben pagarme doble despido?
Si. La ley establece que el trabajador tiene 24 horas luego del alta médica para presentarse en la empresa, y no podrá ser despedido antes de los 30 días de su reincorporación.
Si de todas formas es despedido, se le deberá pagar el doble del despido que pagaría normalmente, a menos que el despido sea por notoria mala conducta.
Tengo una empleada doméstica mensual y me pide que le pague quincenalmente. ¿Se puede hacer?
Si. Se puede implementar como si fuera un adelanto de sueldo debidamente registrado en el recibo de sueldo. Además, se deberá hacer pagando a través de un medio de pago electrónico.
Soy padre de un niño de 2 meses. ¿Tengo derecho a usufructuar el medio horario por lactancia?
Si. Se conoce como medio horario por lactancia al “Subsidio para cuidados del recién nacido”. Pueden gozar de este beneficio tanto el padre como la madre luego de finalizado el subsidio por maternidad y hasta los seis meses del niño.
El padre genera derecho, siempre y cuando la madre del recién nacido haya hecho uso del subsidio por maternidad y se encuentre en actividad o amparada al subsidio por enfermedad.
¡Hasta la próxima!