Dejo las respuestas a las inquietudes que enviaron nuestros oyentes del espacio “Escritorio Virtual” de “El Portal” para esta semana. Recuerden que lo pueden escuchar a través de http://www.elportal1520.com/ todos los lunes a las 10:15 AM.
Preguntas del 16 de julio de 2018
Soy trabajador rural, ¿cuánto deben pagarme de alimentación y vivienda si trabajo 4 horas? ¿Y si hago horas extras?
La reglamentación indica que se deberá pagar el total del ficto por alimentación y vivienda independientemente de las horas que trabaje. Si trabaja cuatro u ocho horas no importa, cobrará los $ 137.52 por jornal estipulados por consejo de salarios.
Hace dos años que trabajo en una empresa. Si renuncio, ¿qué deben pagarme? Me corresponde el seguro de paro?
Deben pagarle la liquidación por egreso que incluye:
- Días trabajados hasta la fecha de egreso.
- Aguinaldo generado hasta el día del egreso.
- Licencia no gozada.
- Salario vacacional.
En cuanto al seguro de paro; NO le corresponde, porque BPS otorga este subsidio a aquellos trabajadores que quedan sin empleo contra su voluntad, y en este caso el trabajador renunció.
¿Es verdad que si me certifican por 4 días solo me pagan 1?
Sí. Porque el BPS abona el subsidio a partir del cuarto día de certificación.
Algunas empresas tienen como política no descontarle esos días a los empleados debidamente certificados pero es importante mencionar que éstas NO tienen la obligación de hacerlo.