Desde el año 2013, a los trabajadores domésticos les corresponde el pago de una Prima por Presentismo, que se paga junto con los aguinaldos.
¿Sólo basta con ser trabajador doméstico para que me corresponda?
No. Se le paga este beneficio a los trabajadores del sector que tengan “asistencia perfecta” dentro de los períodos en los que se computa el aguinaldo (diciembre – mayo y junio – diciembre).
¿Qué significa tener “asistencia perfecta”?
Significa que dentro de los períodos que mencionamos antes, el trabajador no tenga faltas.
¿Y si estuvo enfermo?
Hay algunas faltas que no deben tenerse en cuenta a efectos de determinar si corresponde o no el presentismo:
- Enfermedad, debidamente certificada por un médico e ingresada en BPS o BSE
- Huelga general decretada por PITCNT o SUTD (Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas).
- Licencia anual reglamentaria
- Licencias especiales (por ejemplo, por estudio, duelo, matrimonio, etc.)
¿Cuánto se debe pagar?
El empleador deberá pagar por concepto de presentismo, la cuarta parte del medio aguinaldo.
Por ejemplo: si en junio le corresponde cobrar $5.000 de aguinaldo, deberá cobrar además $1.250 de presentismo.
Algo importante a tener en cuenta es que el presentismo es una partida salarial, por lo que tendrá los mismos descuentos que el sueldo y el aguinaldo.
Así que si usted es trabajador doméstico y fue a trabajar llueva o truene, tenga en cuenta que este mes va a tener esa partida extra que viene acompañando al tan esperado aguinaldo.
Y si usted es una persona que cuenta con un trabajador doméstico, tenga en cuenta que debe pagar esta partida.